Trámites y Servicios

    1. Solicitud de certificación de nacimiento
    2. Solicitud de certificación de vigencia de matrimonio
    3. Solicitud de certificación de matrimonio
    4. Solicitud de certificación de divorcio
    1. Solicitud de certificación de soltería
    2. Solicitud de certificación de viudez
    3. Solicitud de certificación de defunción

    También puede realizar las siguientes solicitudes en línea, a través del sitio del Ministerio de Justicia:

    Antecedentes Penales
    Actos de Última Voluntad y Declaratoria de Herederos
    Si desea presentar alguna queja, denuncia, reclamación, o hacer alguna consulta a Fiscalía, puede acceder al sitio de esta institución http://www.fgr.gob.cu
    específicamente a la sección "El Ciudadano".

    1-Departamento de Asesoramiento Jurídico El departamento asume la Función Estatal de controlar la actividad de asesoramiento jurídico en la provincia, ya sea a los Consultores Jurídicos, a los Asesores Propios, así como acciones de supervisión a aquellas entidades que no cuentan con asesoramiento jurídico.

    Garantiza la preparación, capacitación y asesoría especializada a los juristas, a través de Jornadas Técnicas, así como su atención metodológica en el territorio.

    Además, dentro de las otras funciones está el asesoramiento jurídico a la Dirección Provincial de Justicia, lo que se hace a partir del Decreto Ley 349/2017 “DEL ASESORAMIENTO JURÍDICO”, emitido por el CE el 17 de octubre de 2017 y de la Resolución 41 “REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DELASESORAMIENTO JURÍDICO”, emitida por la Ministra de Justicia el 3 de marzo del2018.

    2- Departamento de Asociaciones: El Departamento de asociaciones de la Dirección Provincial de Justicia ejerce la función de control, supervisión e inspección de todas las asociaciones inscritas al amparo de la Ley 54 de fecha 27 de diciembre de 1985.

    El Departamento de asociaciones de la Dirección Provincial de Justicia atiende con carácter general y hasta tanto se dicte la legislación especial sobre la materia, las cuestiones legales relacionadas con las instituciones eclesiásticas o religiosas y las basadas en el credo religioso de sus integrantes o relacionadas directamente con las expresadas instituciones.

    Se atienden 14 denominaciones religiosas, de las cuales 7 estaban reconocidas e inscriptas en el Registro Nacional del MINJUS y posteriormente fueron aprobadas 7 denominaciones mediante el proceso de extensión de funcionamiento, se atienden además 3 sociedades de cultos Sincréticos, 1 Sociedad Espiritista y una Asociación Cultural Yoruba.

    La Provincia cuenta con un Registro Provincial de Asociaciones en virtud de la Ley de Asociaciones, las cuales se clasifican según sus objetivos y fines entre otras en fraternales, de orden masónica, teosófica y de otros intereses sociales.

    Además, las asociaciones pueden llegar a poseer licencia comercial y a desarrollar proyectos de colaboración, internacionales y/o nacionales como se da en nuestra provincia.

    Nuestras asociaciones están constituidas por fuerzas revolucionarias, parte de nuestro pueblo trabajador que ocupan sus necesidades intelectuales, culturales, deportivas, científicas y espirituales, que debemos proteger acorde con nuestros principios y a nuestras tradiciones, cultura e historia, impregnados del patriotismo y defensa por la sociedad socialista que defendemos.

    3-Departamento de Registro de la Propiedad, Patrimonio y Mercantil

    Este departamento es el encargado dirigir y supervisar metodológicamente los Registros de Patrimonio y Mercantil que son de subordinación provincial y los Registros de la Propiedad de cada municipio.

    4- El Registro de la Propiedad Inscribe los bienes inmuebles, dotándolos de protección y seguridad jurídica. Asimismo, da a conocer sus asientos a través de los medios de publicidad establecidos en ley. Los derechos inscriptos se presumen veraces y válidos. Las inscripciones siempre se solicitarán en el Registro de la Propiedad del municipio donde se encuentre ubicado el inmueble. “El Registro inscribe títulos y publica Derechos”. Para inscribir una vivienda debe aportar:

    • El título de propiedad actualizado que debe contener: Naturaleza del inmueble (Urbano o Rural), ubicación, descripción (tipo de inmueble y partes que lo componen), medidas y linderos, área ocupada y área total, valor o precio legal, naturaleza del derecho, titular(es) con sus generales completas, transmitente del derecho con sus generales completas y funcionario o autoridad que expidió el título.
    • Documento de identidad del que solicite la inscripción o la representación, en los casos que corresponda.
    • Documento del pago del impuesto, si corresponde su exigencia.

    La solicitud puede ser presentada por el adquirente del derecho, el que trasmite, el representante legal o voluntario de las personas antes mencionadas o cualquier persona que tenga interés en legítimo en asegurar el derecho que se pretende inscribir.

    Impuesto sobre documentos:

    • Para Certificaciones: sellos del timbre por valor de $ 10.00 CUP.
    • Para Certificaciones Negativas: Sellos del Timbre por valor de $ 5.00 CUP.
    • Para Notas Simples Informativas: Sellos del Timbre por valor de $ 5.00 CUP.

    Términos para realizar la inscripción: 15 días hábiles a partir de la radicación de la solicitud. El plazo puede ser extendido a 30 días hábiles más excepcionalmente si se requieren solicitar otros documentos fuera del registro, para verificar la validez del título. La inscripción se cobra según el valor o precio legal del inmueble.

    El registrador asesorara en cada caso lo que corresponda.
    Horario de prestación de los servicios:
    De lunes a jueves 8:00 am a 12:00 pm – 1:00 pm a 5:00 pm.
    En el horario de la mañana se reciben expedientes y en el horario de la tarde se entregan los documentos inscriptos.
    Viernes: Igual horario en la mañana y hasta las 4:00 pm para auto preparación, organización y actualización interna de las oficinas.

    5-El Registro de Patrimonio tramita los expedientes para la inscripción de los inmuebles estatales seleccionados, los asignados a las sociedades mercantiles cubanas para su constitución, los solares yermos estatales, las instalaciones hoteleras del sistema de turismo, los que posean un elevado valor económico, histórico o cultural determinado por el jefe de cada Entidad y los que se aporten por el Estado, como parte del capital para una inversión extranjera.

    6- Registro Mercantil es parte de un sistema integrado por el Registro Mercantil Central y los Registros Territoriales (Uno en cada provincia), adscriptos al Ministerio de Justicia, al que corresponde su organización, así como su dirección técnica, metodológica y administrativa.

    El Registro Mercantil tiene como objeto:

    1. La inscripción de los sujetos, actos y contratos que se dispone por la Ley;
    2. El depósito y la publicidad de los informes financieros, de los balances anuales;
    3. La legalización de los libros;
    4. La publicidad de la información registral;
    5. La comprobación de los asientos registrales cuando se requiera;
    6. El control de las denominaciones de los sujetos inscribibles.

    El Registro Mercantil es público. La publicidad de sus asientos se hace efectiva por certificaciones y notas simples informativas, por el Registrador, así como la exhibición de los libros del Registro y el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

    El Registro Mercantil inscribe los sujetos y contratos siguientes: Las Empresas Estatales autorizadas a operar en Sistema de Perfeccionamiento Empresarial; Las Sociedades Mercantiles de Capital totalmente Cubano y sus sucursales en el territorio nacional; Las Empresas Mixtas; Las Empresas de Capital totalmente Extranjeras; Los Contratos de Asociación Económica Internacional; Los Empresarios Individuales que en virtud de la legislación vigente sean autorizadas a operar en Cuba; Las Sucursales de las sociedades mercantiles extranjeras; Los Contratos de Agencia; Los Contratos cooperados de producción, servicios y administración en que una de las partes sean extranjera; Las sociedades civiles de servicios que tengan autorizada en su objeto social actividad mercantil Y Otros sujetos y actos que disponga el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.

    En el Registro Mercantil se depositan los informes de los Estados de Situación y Resultado del ejercicio fiscal, debidamente certificados por la autoridad facultada, acompañados de la certificación de su aprobación por el Consejo de Dirección o Junta General de Accionistas según corresponda, el certifico de la Oficina de la Administración tributaria de haber pagado los impuestos que correspondan o en su lugar el convenio de pago, y cuantos otros documentos se establezcan por la Ley.

    7-Departamento de Registro del Estado Civil La Ley 51 de 1985 y su Reglamento dictado por la resolución 249 del 2015, tiene por objeto regularla organización, atribuciones y funciones del Registro de Estado Civil.

    El Registro del Estado Civil, como institución de carácter público a través de La cual el Estado garantiza la inscripción de los hechos y actos relacionados con el estado civil de las personas, constituye un medio para la formación de las estadísticas demográficas, de salud y atlas de interés social.

    El Registro del Estado Civil se integra por un sistema de inscripciones y notas marginales de los hechos y actos relacionados con el estado civil de las personas que la ley denomina ASIENTOS.

    7.1-La Inscripción del Nacimiento en el Registro del Estado Civil es de carácter principal, constituye la prueba del nacimiento y da fe tanto del hecho de haber nacido como de la fecha, la hora, el lugar en que acontece, sexo, y en su caso, de la filiación del inscrito; el asiento de inscripción es un título de legitimación dotado de una especial eficacia.

    7.2-La Inscripción del Nacimiento la practicará el registrador del estado civil de conformidad con: La declaración de la madre y del padre conjuntamente, o la de uno de ellos, ante el director de la unidad del Sistema Nacional de Salud donde ocurra el nacimiento. El director de la unidad podrá delegar esta función en la persona que designe.

    a) Si por circunstancias excepcionales dicha declaración no pudiera hacerla la madre o el padre, corresponderá al mencionado director efectuarla, ante el registrador del estado civil.

    La declaración se hará dentro de las setenta y dos horas posteriores al nacimiento y en todo caso antes del egreso del recién nacido;

    b) Si el parto no ocurriera en una unidad del Sistema Nacional de Salud, la declaración se hará ante el registrador del estado civil.

    En este caso, corresponderá a la madre o al padre, o a ambos conjuntamente, hacer dicha declaración y, en defecto de éstos a sus representantes legales, un familiar mayor de edad quien haya visto o presenciado el parto, encuentre abandonado al menor o lo tenga bajo su abrigo o guarda y cuidado.

    Las personas a que se refiere el párrafo estarán obligadas a realizar la declaración del nacimiento dentro de los treinta días posteriores al parto o al encuentro del menor abandonado;

    c) los documentos autorizados por las personas a que se refieren la Ley;
    d) la declaración del interesado, si fuera mayor de edad;
    e) los documentos en que consten las inscripciones practicadas en las extinguidas alcaldías
    f) ejecutoria de tribunal

    7.3- La Inscripción del Matrimonio la practicará el registrador del estado civil en el momento en que autorice la formalización del acto o de conformidad con: a) La copia autorizada del documento notarial;

    b) la ejecutoria del tribunal competente;
    c) los documentos autorizados por las personas a que hacen referencia la Ley;
    ch) los documentos en que consten los matrimonios religiosos celebrados desde el primero de enero de 1885 hasta el 18 de agosto de 1918, ambos inclusive, de conformidad con los requisitos que establece el Reglamento de la Ley.

    La ejecutoria del tribunal competente se inscribirá en la oficina municipal del Registro del Estado Civil correspondiente al domicilio del promovente.

    Escribir un comentario


    Código de seguridad
    Refrescar

    ¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?
    • Actualizado: Lunes 13 Mayo 2024, 16:58:05.